Política | 31 ene 2024
otro revés para el dnu
La justicia suspendió los tarifazos a las prepagas
Esto se dió en un caso particular pero marca un presente para futuros reclamos.
En un nuevo golpe a las medidas establecidas por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la Justicia Federal ha decidido suspender los tarifazos aplicados a las prepagas. Esta determinación, que se dio en el marco de un caso individual, podría sentar un precedente significativo en futuros litigios.
Mientras el Gobierno nacional busca la aprobación de la ley Ómnibus en la Cámara de Diputados, las noticias judiciales no son alentadoras para las políticas gubernamentales. Un reciente fallo ha dejado en suspenso dos artículos del DNU que habilitaban incrementos en las cuotas de las empresas de medicina prepagas.
La resolución judicial fue tomada por el Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín en el marco de un caso particular de un jubilado con diversas patologías. Este beneficiario vio un aumento del 62% en el valor de su cuota para el mes de enero.
Aunque la medida tiene un alcance específico, la suspensión de estos artículos podría sentar un nuevo antecedente que se sumaría a otros fallos similares, marcando jurisprudencia en casos futuros.
El fallo del juez federal insta al Gobierno a suspender los artículos 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Asimismo, la sentencia ordena a la empresa de medicina prepaga SIMECO "readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23". Además, obliga a la empresa a aplicar "los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en términos del artículo 17 de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley".
Este fallo se suma a otros dos dictados por la jueza Martina Isabel Forns, a cargo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 1 de San Martín, que también ordenaron la readecuación de cuotas de empresas de medicina prepagas. Estas resoluciones afectan a OMINT S. A y a la Sociedad Italiana de Beneficencia, indicando que deben dejar sin efecto los aumentos aplicados en virtud del DNU 70/23 del Poder Ejecutivo Nacional.