viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº576

Regionales | 7 may 2019

caza deportiva

Habilitan por tres meses la caza de liebres, patos y perdices en Olavarría y la zona

Fue anunciado en el Boletín Oficial de la gobernadora María Eugenia Vidal. Olavarría y otros partidos de Buenos Aires podrán realizar la actividad hasta el 4 de agosto inclusive, según lo dispuso el Ministerio de Agroindustria bonaerense.


A través del Boletín Oficial, el Gobierno de Buenos Aires anunció este martes que se habilitó la caza deportiva de determinadas especies, en algunos partidos de la Provincia. En este caso, se habilitó la caza de liebre europea, pato maicero y silbón de cara blanca y perdiz chica desde el 4 de mayo hasta el 4 de agosto según una disposición del Ministerio de Agroindustria bonaerense.

 

La Dirección de Flora y Fauna provincial estableció la caza de 10 liebres, 6 patos y 6 perdices por día y por cazador. Por otra parte, se indica que las armas autorizadas para la práctica de la caza deportiva menor son escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y aquellas que disparen munición calibre 22.

 

 

La disposición firmada por la Gobernadora María Eugenia Vidal:

ARTÍCULO 1º. Habilitar la Caza Deportiva Menor en el período comprendido entre 4 de mayo y 4 de agosto inclusive de 2019.

 

ARTÍCULO 2º Habilitar la Caza Deportiva Menor de la Liebre europea (Lepus europaeus) hasta diez (10) liebres por día y por cazador, en los partidos de: Adolfo Alsina, Adolfo Gonzales Chaves, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Baradero, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Campana, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Brandsen, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suarez, Daireaux, Dolores, Ernesto Tornquist, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General Lamadrid, General Las Heras, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lezama, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, Monte Hermoso, Navarro, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pellegrini, Pergamino, Pila, Puán, Ramallo, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Cayetano, San Miguel del Monte, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, , Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, 25 de Mayo, Villarino y Zarate.

 

ARTÍCULO 3º. Habilitar la Caza Deportiva Menor de: Pato barcino o maicero (Anas georgica), Pato barcino chico (Anas flavirostris), Pato cuchara (Anas platalea), Pato picazo (Netta peposaca) y Pato viuda o silbón de cara blanca (Dendrocygna viduata), hasta un total de seis (6) patos, cualquiera sea la especie permitida, por cazador y por día.

 

ARTÍCULO 4º Habilitar la Caza Deportiva Menor de Perdiz chica (Nothura maculosa) hasta seis (6) perdices por día y por cazador.

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