domingo 14 de diciembre de 2025 - Edición Nº1173

Nacionales | 10 ene 2022

Recategorización Monotributo

AFIP habilitó la recategorización del monotributo

Estará disponible hasta el 20 de enero. Asimismo, el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero


Desde este lunes 10 hasta el 20 de enero, los monotributistas podrán realizar la recategorización a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP).  

En este sentido, los monotributistas deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para cotejarlos con los nuevos valores de las categorías. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero. Asimismo, en caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.

Por su parte, aquellos que abonaron en tiempo y forma al menos 9 de las 12 obligaciones mensuales, accederán al reintegro de un mes del componente impositivo. De esta manera, el reintegro será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Formas de pago

Se deberán utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. Se realizará mediante el portal Monotributo, donde se podra corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.

El pago de cuotas se efectuará desde un volante electrónico de pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.

Las opciones de pago habilitadas por la AFIP son las siguientes:

  • A través de la web de AFIP: los monotributistas deben ingresar con su clave fiscal y generar el VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA). Allí deberán seleccionar la entidad de pago seleccionada.
  • Homebanking: Para poder utilizar la banca electrónica para el pago de sus cuotas mensuales, los contribuyentes deberán concurrir previamente con su tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.
  • Débito automático: Los contribuyentes pueden optar por realizar la adhesión al débito automático de la cuota mensual desde su cuenta bancaria o tarjeta de crédito. Esta gestión se puede realizar en la web de AFIP o comunicarse con el banco. Quienes opten por la adhesión del débito automático podrán hacerlo a través del Portal de Monotributo. Deberán ingresar con clave fiscal en la solapa “pagos”.
  • Mercado Pago: Desde cualquier dispositivo electrónico que tenga la aplicación de Mercado Pago o desde la web de Mercado Pago.
  • Billetera electrónica: se podrá utilizar solo para cancelar obligaciones propias, no de terceros. Los monotributistas deben ingresar al “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Transacciones” y seleccionar “Billetera Electrónica AFIP”.

dib

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