

El Tribunal sostuvo “la privatización del Banco de la Nación Argentina fue objeto de exclusión del proyecto originario -remitido por el Poder Ejecutivo- que culminó con la sanción de la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
Dicha exclusión, agregaron, “autoriza a concluir que el Congreso difirió a su juicio futuro examinar o no la modificación de la condición jurídica del Banco de la Nación Argentina establecida por ley” y que “el trámite parlamentario da cuenta, entonces, de que el Congreso de la Nación no incluyó a dicha institución entre las entidades privatizables”.
"La delegación que autoriza al Poder Ejecutivo a reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el déficit no puede considerarse un patrón inteligible que lo habilite a modificar la naturaleza jurídica conferida por ley al Banco de la Nación Argentina”.
Con esos fundamentos, entonces, el tribunal rechazó los recursos de apelación y confirmó la suspensión del decreto 116/2025.